Los tribunales consideran abusiva y nula la cláusula que impone al consumidor todos los gastos de constitución del préstamo. El TJUE (16-07-2020, C-224/19) fijó que el consumidor tiene derecho a la restitución íntegra de lo pagado en virtud de la cláusula abusiva (salvo lo que le corresponda legalmente). El Tribunal Supremo (Sent. 35/2021, 27-01-2021) aplica esta doctrina: 100% gestoría, registro y tasación, y 50% de notaría. Si tu escritura incluía esta cláusula, puedes reclamar con intereses.